jueves, 24 de diciembre de 2009

¿Es internet un medio de comunicación social?

La respuesta, según Ricardo Rodríguez Fernández, titular del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid, es que no.

El juez madrileño ha dictado una sentencia en la que condena a dos periodistas de la Cadena Ser a un año y nueve meses de prisión, les inhabilita para ejercer como periodistas y les impone una indemnización de 130.000 euros, por revelación de secretos al haber publicado en la web de la emisora un listado con los nombres de 78 militantes del PP afiliados irregularmente a ese partido en Villaviciosa de Odón (Madrid). Irregularidades que ya habían sido denunciadas a la dirección del partido por la presidenta local de la formación y ex alcaldesa del municipio madrileño, Pilar Martínez López.

La cuestión es que estas informaciones fueron emitidas en la Cadena Ser y difundidas vía internet a traves de la Web de la cadena. El juez Rodríguez considera adecuada la difusión a través de la emisora de radio, dado el interés público de la noticia. Confirma que la ciudadanía tenía derecho a ser informada a través de los medios de comunicación social, pero entiende que internet no es uno de ellos. Para tomar esta decisión se ampara en el artículo 20 de la Constitución que reconoce el derecho a la información y lo define como la facultad de "comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión". Sin embargo, la protección constitucional de ese derecho "se refiere a los medios de comunicación social" entre los que la sentencia cita expresamente "la televisión, la radio o la prensa escrita". Internet no entraría en esta categoría y por lo tanto no merecería esa consideración porque, según el magistrado, "no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal".

Esto abre serias dudas sobre el papel de internet como medio de comunicación y sobre cómo los medios digitales encajan en una constitución que tiene que adpatarse a las nuevas realidades sociales.